LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
La RPT constituye el instrumento técnico elemental mediante el cual la Administración sistematiza y ordena los puestos de trabajo de su organización, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades de los servicios públicos, y se perfilan los requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo, instaurando un dispositivo esencial de la organización administrativa, ya que, al elaborarlas y alterarlas, la Administración, en el ejercicio de la potestad de auto organización que le está otorgada, diseña, en primer lugar, e! detalle de su propia estructura interna y, en segundo término, establece un modelo de referencia en la estructura municipal.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 4 establece que “En su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponden en todo caso a los municipios, las provincias y las islas: a) Las potestades reglamentaria y de autoorganización.
Sin embargo, la realidad es que una mayoría de ayuntamientos no hace uso de este instrumento, disponiendo tan solo, por obligación legal, de un documento, el Anexo de Personal del Presupuesto municipal, que relaciona todos los puestos de trabajo existentes en el ayuntamiento, y sus retribuciones anuales por los distintos conceptos. Pero en dicho documento, dado su formato reglamentario, no está descrito al detalle el contenido de cada puesto. Suelen existir unas fichas que tratan de definir las tareas y competencias de cada puesto, pero su contenido es muy genérico y poco detallado. Y, sobre todo, falta una correlación expresa entre contenido del puesto y su retribución. ¿Cómo se ha fijado la retribución de cada puesto? ¿Se retribuyen igual puestos iguales? ¿Se tienen en cuenta factores tales como la titulación-formación necesarias, la responsabilidad, la penosidad del trabajo, la peligrosidad en su caso, las consecuencias para la entidad de los posibles errores del empleado, el mando sobre personas?
Además de que se trata de un documento obligatorio, la RPT es el medio de conseguir el mayor grado de “justicia” en las retribuciones de los empleados públicos, minimizando o eliminando agravios comparativos, lo que redundará en un mejor ambiente de trabajo y una mayor eficiencia de los recursos humanos, todo ello en beneficio del ciudadano que recibirá un servicio de mayor calidad.
Desde J. A. Fuster y Asociados podemos aportar nuestros conocimientos y experiencia para ayudar a los ayuntamientos que nos lo requieran a confeccionar una RPT que racionalice el organigrama.
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La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) no es solo un documento administrativo, sino una herramienta clave para organizar, optimizar y modernizar la gestión de los recursos humanos en las administraciones públicas.